miércoles, 10 de febrero de 2010

MÁS SOBRE VILLANUEVA DE GÓMEZ

Solo ha recurrido el Ayuntamiento, no el promotor
El Tribunal Superior de Justicia confirma la paralización cautelar de la urbanización de Villanueva
María Cuenca

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la orden de paralización cautelar de las obras en la urbanización de Villanueva de Gómez, desestimando el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de la localidad.
Según la sentencia, ha quedado acreditada la existencia de importantes “valores medioambientales que deben ser preservados”, con lo que el TSJ da la razón a SEO/BirdLife y Centaurea y rechaza el recurso de apelación que el Ayuntamiento de Villanueva de Gómez presentó contra la orden dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ávila en el mes de junio, por la cual se suspendían de forma cautelar las obras en el pinar en el que pretende construirse la urbanización, con alrededor de 8.000 viviendas, un hotel y tres campos de golf, y donde ya se han ejecutado las obras de los viales y otros trabajos como la extracción de agua termal en una perforación no autorizada por la Confederación Hidrográfica del Duero, por lo que se abrió un expediente sancionador.
El Ayuntamiento argumentaba que la licencia fue concedida en febrero de 2006 y que no fue recurrida –es una resolución del alcalde, José Martín, en la que se concede la autorización a Inveralde para la ejecución de los trabajos en los sistemas generales de los seis sectores en que se divide la urbanización, aunque solo uno de ellos está aprobado-, y sostenía que las obras se han ejecutado ya en “más de un 80 por ciento”, por lo que entienden que no hay daños “irreparables”, tal y como sostienen los ecologistas, sino que se ocasionan “gravísimos perjuicios” a la empresa que “lleva tres años ejecutando las obras”.
El promotor de la urbanización no ha recurridoEs, sin embargo, solo el Ayuntamiento el que recurre; no lo hace la promotora, Inveralde, ni la empresa encargada de la ejecución de los viales, Pavimentos Asfálticos Salamanca –en ambos casos sus representantes han declarado ya como imputados en el Juzgado de Arévalo, que lleva la instrucción de la causa penal-.
Según el Tribunal Superior de Justicia, sí existen “valores medioambientales dignos de protección” y “el hecho de que las obras ya se hayan ejecutado parcialmente, no significa que la medida no deba acordarse sino al contrario para evitar que se perpetúen situaciones irreversibles”.
En opinión de SEO/BirdLife, “llama la atención el hecho de que el recurso contra esta suspensión de las obras fuese interpuesto por el Ayuntamiento de Villanueva de Gómez y no por el propio promotor de la urbanización como sería lógico pensar”, y resaltan también que la sentencia “viene a confirmar la obligación de conservar este pinar a pesar de no localizarse dentro de ninguna figura de protección” porque “tiene excelentes poblaciones de aves forestales y rapaces y se constituye en “un corredor biológico de primera magnitud”.
El coordinador del Área de Conservación de SEO/BirdLife, Juan Carlos Atienza, ha manifestado, en este sentido, que “no se entiende la inacción por parte de la Junta de Castilla y León en este caso, cuando debería haber suspendido las obras y haber declarado la zona como Área Crítica para la recuperación y conservación del águila imperial”.
Señala, además, que la sentencia “marca una línea importante en la suspensión de la ejecución de planes urbanísticos mientras se recurren los mismos” y pone de manifiesto que “no es necesario que el lugar esté protegido para que ante una acreditación de valores ambientales se suspenda cautelarmente hasta que se dicte una sentencia en firme sobre el fondo del asunto”.