lunes, 20 de junio de 2011

de nuevo VILLANUEVA de GÓMEZ

Resolución tomada por la Confederación del Duero
El TSJ ratifica la anulación de la concesión de agua a la macrourbanización de Villanueva de Gómez
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la extinción de la concesión de aprovechamiento de agua otorgada a la empresa Inveralde para la macrourbanización de Villanueva de Gómez. El TSJ ha desestimado el recurso interpuesto por esta empresa contra la resolución adoptada, en el año 2007, por la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) de caducar una concesión otorgada a Inveralde para abastecer las 7.500 viviendas y los tres campos de golf de la macrourbanización proyectada en este municipio. El fallo del TSJ considera que el Organismo de cuenca “actuó conforme a la Ley” al declarar “extinguido, por caducidad”, el derecho al uso privativo de las aguas subterráneas otorgado a Inveralde en junio de 2005, para extraer un volumen máximo anual de 771.363 metros cúbicos. Esta resolución se tomó al considerar que la empresa “incumplió los plazos establecidos en la concesión”, lo que se constituye en uno de los tres presupuestos recogidos en el artículo 66 del texto refundido de la Ley de Aguas para caducar una concesión. Además, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León rechaza el argumento esgrimido por la empresa de la CHD denegó “de forma inmotivada” la rehabilitación del aprovechamiento que solicitaron tras comunicárseles la caducidad.
Según la sentencia, dada a conocer por la confederación, ésta emitió un informe, que trasladó a Inveralde, en el que esgrimía dos razones para desestimar la petición de la rehabilitación, como eran la “amenaza de sobreexplotación de la Unidad Hidrológica de la que se iba a extraer el agua”, procedente del acuífero de Los Arenales y sometido a restricciones para evitar la sobreexplotación, y la “no necesidad inmediata del abastecimiento de la población”, para el que el aprovechamiento de aguas fue concedido, dado que “no se ha construido ni se encuentra en construcción ninguna de las viviendas a las que el abastecimiento iba destinado”.
Son estos dos motivos que el TSJ considera “suficientemente explicativos” y a lo que hay que sumar que el tribunal considera “un contrasentido” la petición de Inveralde de mantener abierto el procedimiento presentado por la empresa para modificar las características de la concesión de aguas subterráneas, con las que pretendía abastecer los sectores S-2, S-3, S-4 y S-5, dado que “el derecho ha caducado y el expediente de caducidad produce efectos desde la fecha que se dicta y es inmediatamente ejecutivo”.